Las siete claves de la Ley de Financiamiento

Oct 08, 2024 - by administrador

El debate sobre las finanzas nacionales está más vigente que nunca por cuenta de las
discusiones que ha venido teniendo el Congreso sobre el Presupuesto General de la Nación y
la presentación que hizo el Gobierno de una ley de financiamiento. Por eso, la firma de
servicios profesionales, BDO en Colombia, publicó un detallado análisis sobre los principales
puntos del proyecto, destacando los siete cambios más significativos que trae el proyecto de
ley para las empresas, personas naturales y sectores estratégicos.
El primero está relacionado con el impuesto de renta para empresas, ya que las sociedades,
en especial las más pequeñas, se verán beneficiadas por una disminución progresiva de la
tarifa, que en 2029 quedará entre el 27% y el 33% dependiendo del tamaño de la empresa.
Esta reducción, sin embargo, no se verá aplicada en sectores como la extracción de carbón y
petróleo, que mantendrán tarifas de 35%, con la posibilidad de adicionar hasta quince puntos
en algunos casos, y para los generadores de energía hidroeléctrica y el sector financiero
habrá sobretasas en el impuesto de tres y cinco puntos porcentuales hasta 2026 y 2027,
respectivamente. Además, incluye un aumento del 15% al 20% de la tasa mínima de tributación y
propone establecer como requisito de deducibilidad, la obligación de haber practicado la
retención en la fuente, cuando a ello hubiere lugar dentro de los plazos establecidos.
Para las personas naturales, el cambio más importante en el impuesto de renta es que a los
contribuyentes con mayores rentas líquidas gravables (31.000 UVT o $1.459 millones
aproximadamente a cifras de hoy), la tarifa del impuesto se les incrementará del 39% al 41%.
Además, la retención en la fuente para las personas de más altos ingresos también
aumentará hasta el 41%. También, se amplían los beneficios para quienes usen la factura
electrónica, pues se proyecta aumentar las restricciones al uso del efectivo como medio de
pago y se establece un mecanismo de comparación patrimonial para gravar fuertemente a
los contribuyentes que tengan incrementos injustificados en sus bienes.
El tercero punto es el de las ganancias ocasionales, sobre lo que el proyecto de ley establece
que la tarifa pasará del 15% al 20% y que la tarifa del impuesto para las ganancias
ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares llegará al 25%.
En el impuesto al patrimonio tiene lugar el cuarto gran cambio, ya que se propone gravar
con una tarifa del 1.5% a las sociedades nacionales y establecimientos permanentes, que
posean activos fijos reales no productivos, definidos como aquellos bienes corporales que no
generan renta de manera continua, incluyendo, además, a los intangibles que tengan directa
o indirectamente un activo subyacente que cumpla con las características anteriores. El
umbral para el cobro de este impuesto pasaría de 72.000 UVT a 40.000 UVT ($1.882 millones
de 2024) para contribuyentes distintos a los antes mencionados, y la tarifa oscilaría entre el
0% y el 2%.
 
Documento Confidencial
 
La quinta clave está en las modificaciones en el IVA, ya que se incrementa el impuesto para
la venta de vehículos híbridos al 19%, mientras que los vehículos eléctricos mantendrán una
tarifa preferencial del 5%, y se extienden hasta 2029 las exenciones para vehículos de
transporte público y de carga. Adicionalmente, se propone gravar con IVA los juegos de
suerte y azar operados por internet.
El sexto punto es el de las disposiciones tributarias ambientales. El proyecto de ley establece
que la causación del impuesto al carbono para el gas sea la misma que para los derivados del
petróleo y se acelera el tiempo para la aplicación de la tarifa plena del impuesto a 2026
(anteriormente era 2028). Adicionalmente, los proyectos de energía no convencional (FNCE)
podrán emitir bonos de transición energética que permitirán deducir el 50% de la inversión
realizada, impulsando las energías limpias en el país.
Finalmente, la séptima clave está en el lado de la lucha contra la evasión, toda vez que se
amplía la gama de proveedores que pueden ser calificados como ficticios y se ofrecen
incentivos para quien suministre información de evasión de impuestos o contrabando.
Además, se establece una sanción voluntaria ante el incumplimiento de la obligación de
facturar, o la expedición de la factura sin ciertos requisitos.
“Este informe de BDO en Colombia es una herramienta esencial para entender los cambios
fiscales que propone la reforma y su impacto en la estructura tributaria. Los sectores
productivos, financieros y las personas naturales deberán adaptarse a estos nuevos
lineamientos, mientras que se promueve el uso de tecnologías limpias y métodos de pago
electrónicos como parte de la agenda gubernamental”, explica Martha Reyes, socia de
Impuestos de BDO.
 
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de empresas independientes asociadas. BDO es el nombre comercial de la red BDO y de cada una de las empresas
asociadas de BDO.
El ingreso total combinado por comisiones de las firmas miembro en la red BDO, incluyendo los miembros de sus alianzas
exclusivas, fueron de US$12,8 mil millones en el último año, lo que representó un crecimiento en ingresos de 12,1% (en
tasa de cambio constante). En 2023, BDO cuenta con 1.803 oficinas en 164 países y territorios en todo el mundo y el
crecimiento ha sido permanente en todas las regiones.
Hoy somos más de 111.307 asesores del futuro que están combinando tecnología orientada al futuro con inteligencia
auténtica para crear entornos de trabajo más eficientes. BDO Colombia S.A.S BIC y sus filiales: BDO Outsourcing S.A.S BIC,
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