Nada de lo humano nos es ajeno, mucho menos la vida

Feb 24, 2022 - by administrador

La Red de Universidades Católicas de Colombia (RUCC), manifiesta su preocupación por la reciente  despenalización parcial del aborto en Colombia antes de las 24 semanas de gestación. Promoviendo las  libertades de expresión, opinión, cátedra e investigación, presentamos las siguientes reflexiones que dan  que pensar: 

1. En una decisión controversial de la Corte Constitucional adoptada mediante 5 votos a favor y 4  en contra, se despenalizó el aborto en Colombia antes de la semana 24 de gestación. La  sentencia de la Corte pone en entredicho los principios democráticos y de separación de poderes  sobre los cuales se funda el Estado Social de Derecho. A nuestro juicio, es el Congreso de la  República el órgano llamado a buscar amplios consensos a nivel nacional sobre asuntos  especialmente complejos por sus implicaciones sociales.  

2. La decisión judicial fomenta la inseguridad jurídica y desinstitucionaliza la labor de la propia Corte  Constitucional, que, a través de su jurisprudencia, había considerado concluido el debate  mediante la consagración de tres causales excepcionales en las que se permitía el aborto. 

3. La decisión de la Corte Constitucional relativiza el derecho a la vida, cuya protección jurídica,  moral y médica, inicia como lo reconoce el propio Tribunal, desde la gestación. A lo largo de la  historia, los diferentes intentos por relativizar la vida han mostrado consecuencias nefastas para  la humanidad. Así, consideramos que esta decisión, en términos antropológicos, legitima el  feticidio como conducta socialmente permitida al reconocer el aborto como un derecho absoluto  antes de las 24 semanas de gestación. 

4. La polémica decisión judicial promueve la cultura de la muerte en perjuicio de aquellos que están  privados de toda capacidad de defensa. Los niños y niñas en gestación, lejos de ser tratados  como sujetos de derechos, corren el riesgo de ser reducidos a objetos de consumo y descarte.  Esto llama profundamente la atención de una sociedad que, anhelando la paz, necesita  reconstruir el sentido de la vida, lo cual debería comenzar con la protección de los más inocentes  y vulnerables, quienes son tratados, en esta ocasión, como enemigos sin derechos. 

5. La decisión judicial, en su ponderación, omite considerar que los niños y niñas son sujetos de  especial protección constitucional, con derechos prevalentes a la vida, la salud, la dignidad y la  personalidad jurídica. Asimismo, en relación con los niños y niñas que han nacido, la decisión  judicial establece un parámetro de discriminación al definir un plazo a partir del cual se merece  protección por parte del derecho.

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6. Con esta polémica decisión adoptada por cinco magistrados, Colombia es uno de los pocos  países que permiten el aborto sin límites antes de las 24 semanas de gestación; lo cual es  inconcebible cuando se trata de defender el derecho inviolable a la vida. 

La decisión judicial confunde el concepto de vida con su viabilidad extrauterina. El criterio de  autonomía utilizado para diferenciar el plazo en el que es permitido el aborto sin límites resulta  científicamente problemático por diferentes razones. En primer lugar, entre las semanas 7 y 12  de gestación existe certeza sobre la sensibilidad al dolor por parte de los niños y niñas en  gestación. Por ende, llama la atención que la propia jurisprudencia de la Corte Constitucional  reconozca protección jurídica a otros seres y entes sintientes que carecen de personalidad  jurídica. En segundo lugar, existe evidencia clínica que la práctica del aborto antes de la semana  24 de gestación puede, también, poner en riesgo la vida y salud de la madre, incluso en  condiciones de atención óptimas. En tercer lugar, permitir el aborto hasta la semana 24  desconoce la probabilidad, hasta del 30% en países como Colombia, del nacimiento de un feto  viable, al que el ejercicio médico obliga a atender integralmente, en lugar de esperar su muerte. 

Finalmente, como Red de Universidades Católicas de Colombia recordamos que la vida, desde su  concepción, es un valor absoluto sobre el cual se afincan todos los demás derechos y, por ende, como  lo establece la Constitución Política de 1991: “el derecho a la vida es inviolable”. La RUCC hace un  llamado al Congreso de la República para que, como ha ocurrido en otros países, busque un consenso  democrático que permita reglamentar la objeción de conciencia institucional, de modo que se dé  continuidad a los servicios asistenciales de ginecobstetricia por parte de las instituciones que trabajan  por la defensa de la vida en todas sus dimensiones. También, insta a los profesionales de la salud para  que bajo el juramento hipocrático protejan la vida desde su concepción.

 
 
 
Fuente de redaccion bcw | burson cohn & wolfe