La Cámara de Representantes aprobó con 90 votos a favor la modificación del artículo 65
de la Constitución Política de Colombia, reconociendo y consagrando el derecho humano
a la alimentación.
La modificación de este artículo es el resultado del trabajo conjunto de organizaciones de
base comunitaria, ONGs, representantes a la Cámara y la sociedad civil, quienes han
liderado la lucha por la inclusión de este derecho fundamental. La modificación se dio en el
marco del Día de los Derechos Humanos, reafirmando el compromiso de Colombia con la
protección de los derechos de todos los niños, niñas, adolescentes y sus comunidades a una
alimentación digna y suficiente, en concordancia con el Pacto Internacional de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce el derecho fundamental a la
protección contra el hambre.
El artículo 65 de la Constitución Política, en su versión anterior, hacía énfasis en la
producción de alimentos, pero no abordaba de manera directa el acceso a alimentos
saludables y nutritivos. La modificación ahora introduce un enfoque integral que prioriza la
seguridad, soberanía y autonomía alimentarias, así como la promoción de un modelo de
gobernanza alimentaria basado en los derechos humanos, que reconoce la interculturalidad
y la diversidad de las prácticas alimentarias en los territorios.
El texto aprobado establece lo siguiente:
"Artículo 65. El Estado garantizará el derecho humano a la alimentación adecuada, de
manera progresiva y salvaguardando la interculturalidad, y a estar protegido contra el
hambre, la malnutrición y la desnutrición. Así mismo, promoverá condiciones de seguridad,
soberanía y autonomías alimentarias en el territorio nacional y generará acciones para
minimizar la pérdida de alimentos. La producción y acceso a alimentos gozará de la
especial protección del Estado.