El incumplimiento y retraso del envío de los reportes ante Supersalud, puede acarrear
sanciones tanto para las entidades como para los encargados de firmar el reporte.
Los certificados de firma digital garantizar la autenticidad de la información presentada.
Colombia, 22 de julio de 2024 — Está por acabarse julio y con esta fecha, el plazo máximo
para la presentación de los reportes obligatorios a la Superintendencia Nacional de Salud
(Supersalud). Durante este mes, las entidades reguladas por la Supersalud deberán
presentar la información correspondiente a su desempeño durante el periodo anterior. Es
importante recordar que la presentación de estos reportes es obligatoria y que el
incumplimiento puede acarrear sanciones tanto para las entidades como para los
encargados del reporte.
Certicámara, como empresa líder en servicios de confianza digital en Colombia, hace un
llamado a todas las entidades que deben presentar este reporte para iniciar con tiempo el
proceso de expedición de la firma digital y presentar sus reportes con anticipación. Esto
debido a que los procesos de verificación de datos para la expedición de este certificado
digital son rigurosos y pueden tomar tiempo, por lo que anticiparse a la presentación del
reporte permitirá a las empresas evitar contratiempos y posibles sanciones por
incumplimiento.
La firma digital, elemento clave para la seguridad
La firma digital se presenta como un mecanismo esencial y obligatorio para garantizar la
confiabilidad, seguridad y transparencia en la presentación de los reportes, ya que se rige
bajo tres premisas:
Autenticidad: permite verificar la identidad del firmante del reporte, asegurando que
la persona que lo presenta está autorizada para hacerlo.
Integridad: garantiza que el contenido del reporte no ha sido alterado o modificado
de ninguna manera desde su firma, protegiendo así la integridad de la información.
Confidencialidad: protege la información del documento electrónico, ya que esta no
revela el contenido del mensaje y protege los datos personales del firmante.
La suma de estas tres premisas da como resultado el “No Repudio”, proporcionando al
firmante la imposibilidad de negar haber firmado el reporte, previniendo así situaciones de
fraude o suplantación de identidad.
“Invitamos a todas las entidades que deben presentar su reporte ante Supersalud a iniciar
con anticipación el proceso de expedición de su firma digital.” Agregó Martha Moreno,
presidente ejecutiva de Certicámara. “La firma digital no solo es un requisito obligatorio,
sino que se convierte en un sello de confianza que avala la autenticidad, integridad y no
repudio de la información reportada; convirtiéndose en un pilar fundamental para la
tranquilidad de las empresas en la presentación del reporte.”
¿Por qué es importante expedir la firma digital con tiempo?
Los procesos de validación de identidad, verificación de datos, revisión de licencias de
funcionamientos, entre otros, toman un tiempo prudente, y solo hasta que se verifica la
identidad del responsable del reporte, por medio de la firma digital, se considera válido. Si
bien la fecha límite puede parecer lejana, expeditar la firma digital con anticipación es
fundamental para garantizar un proceso exitoso y evitar contratiempos como:
Tiempo de solicitudes: Solicitar y obtener la firma digital puede implicar tiempos de
espera o requerir la entrega de documentación. Iniciar el proceso con tiempo permite
solventar cualquier imprevisto y disponer de la firma digital al momento de presentar
el reporte.
Perdidas y renovaciones: En caso de pérdida del token, vencimiento y renovación
de este, cambios de encargados, entre otros contratiempos, las entidades tendrán
un tiempo prudente para buscar soluciones antes de la fecha límite.
Problemas técnicos: Fallos en alguna plataforma, dificultades con la conexión a
internet o imprevistos con el equipo informático pueden surgir en cualquier momento.
Expedirla con anticipación da la tranquilidad de tener este paso completado y poder
enfocarse en la revisión y presentación del reporte sin la presión del tiempo.
La firma digital se presenta como un elemento que va más allá de una simple formalidad,
convirtiéndose en un guardián de la integridad y confiabilidad de la información presentada
en los reportes. Su implementación como requisito obligatorio no solo responde a la
necesidad de modernizar los procesos administrativos y avanzar hacia la transformación
digital del sector salud, sino que también optimiza los procesos de rendición de cuentas y
contribuye a la construcción de un sistema de salud más transparente, eficiente y confiable
en Colombia.
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Sobre Certicámara
Certicámara fue creada hace 23 años, como una iniciativa de las cámaras de comercio del país (Cámara de
Comercio de Bogotá, en asocio con las Cámaras de Comercio de Medellín, Cali, Bucaramanga, Cúcuta, Aburrá
Sur y la Confederación de Cámaras de Comercio, Confecámaras) en el marco de la llamada Ley de Comercio
Electrónico (527 de 1999). Nuestro propósito es brindar seguridad técnica, jurídica y validez probatoria a la
información electrónica, transacciones y documentos generados por medios virtuales, que realizan tanto
personas naturales como jurídicas.
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Sobre ley 527 de 1999
En Colombia, la firma digital es regulada por la Ley 527 de 1999, que reconoce su validez legal y establece las
pautas para su uso. Esta ley, conocida como la "Ley de Comercio Electrónico en Colombia," ha sido un pilar
fundamental en la promoción y regulación de las firmas digitales en el país. Esta legislación fue un hito
importante en el camino hacia la transformación digital y la adopción de tecnologías seguras en Colombia.
Contacto de prensa:
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