El pasado agosto de 2020, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia ordenó la detención domiciliaria del senador y expresidente Álvaro Uribe Vélez bajo cargos de haber manipulado testigos con el fin de levantar falsos testimonios contra el senador Iván Cepeda Castro. La medida ha suscitado airadas reacciones, tanto de apoyo como de rechazo, desde las diferentes orillas políticas y la sociedad civil.
Se ha levantado la preocupación acerca del efecto que la investigación y detención pueda tener en la credibilidad de las instituciones colombianas, como ha ocurrido con el juicio por corrupción al expresidente Rafael Correa en el Ecuador, o a los expresidentes Alberto Fujimori, Alejandro Toledo, Alan García, Ollanta Humala y Pedro Pablo Kuczynski en el Perú. No obstante, cabe notar que, a diferencia de los casos anteriormente mencionados, los hechos por los cuales se investiga al expresidente Uribe ocurrieron tiempo después de haber terminado su periodo presidencial, y no guardan relación con el mismo.
En ese orden, a Uribe se le juzga, no en condición de expresidente de la República, sino en calidad de Senador, por eso lo juzga la Corte Suprema de Justicia y no el Congreso mismo. Más aún, los actos imputados, no guardan relación con el ejercicio de la dignidad de senador, y por lo mismo, al renunciar a la curul en el senado, la Corte Suprema podría perder la competencia del caso, y el mismo pasaría a la jurisdicción ordinaria, es decir que Uribe pasaría a ser investigado por la Fiscalía General de la Nación, a menos que demostrara que la manipulación de testigos estuvo vinculada con el ejercicio del cargo de Senador.
Más allá de las interpretaciones o críticas que desde el punto de vista jurídico se puedan formular frente a la medida, resulta claro que la misma tiene hondas consecuencias de carácter político. Por una parte, al asegurar al jefe del Centro Democrático y provocar su suspensión del Congreso, se le reduce al gobierno Duque su capacidad para convocar consensos políticos al interior del Congreso de la República. Por otra, la decisión de la Corte cae en un contexto de generalizado desprestigio de la función judicial, provocado por acontecimientos como la liberación y posterior fuga de alias “Jesús Santrich”, el escándalo del Cartel de la Toga, o el activismo judicial de la Corte Constitucional, que han ocasionado la pérdida de credibilidad de los fallos de las altas cortes.
En este sentido, han revivido los reclamos en favor de una Reforma a la Justicia que fortalezca la división de poderes, reduzca los conflictos entre jurisdicciones, garantice la segunda instancia para los aforados, y en general contribuya mejorar la confianza en el sistema judicial. La Reforma a la Justicia ha sido, no obstante, un hueso duro de roer para el Congreso, pues si el gobierno de Juan Manuel Santos, que contó siempre con amplias mayorías en el Congreso, fracasó en su intento de aprobar una reforma en 2012, es muy poco probable que el gobierno Duque logre aprobar una. De hecho, el Centro Democrático ya fracasó en un primer proyecto de reforma a la justicia presentado en 2018.
Por eso mismo, también se ha propuesto la idea de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el fin específico de realizar tal reforma. Sin embargo, aunque la misma Constitución Política de 1991 establece el mecanismo de la Asamblea Nacional Constituyente como un mecanismo para su reforma, la misma experiencia de la Constituyente de 1991 demuestra que las constituyentes no suelen mantenerse dentro de los límites que les ha impuesto el ordenamiento jurídico precedente.
Perfil Dr. Jesús Arturo Herrera Salazar. Director del programa de Ciencia Política Unicervantes
Politólogo de la Universidad del Rosario, con Maestría en Periodismo, Medios y Comunicaciones de la Cardiff University (Reino Unido). Una amplia experiencia que va desde el seguimiento y monitoreo legislativo al periodismo online, marketing digital y nuevos medios de comunicación, pasando por el liderazgo de procesos de movilización social. Como autodidacta ha profundizado en la filosofía política medieval y la Doctrina Política de la Iglesia.
Fuente de redaccion: Unicervantes