Bogotá D.C. julio de 2022. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN dio a conocer la Resolución 001092 del 1 de julio de 2022, la cual se establece el calendario para la implementación del límite de las cinco (5) UVT, como monto máximo para la expedición de los documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema P.O.S.
De acuerdo al artículo 868 del Estatuto Tributario, la Unidad de Valor Tributario -UVT, es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dian, y la misma es reajustada anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Esta resolución es necesaria para establecer el calendario que aplicará el límite de las cinco (5) UVT para la expedición de cada tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S como monto máximo por la venta de bienes y/o prestación de servicios, sin incluir el importe de ningún impuesto.
Según José Fernando Medina, Country Manager de Saphety Colombia, “a partir del 1 de febrero de 2023, los grandes contribuyentes inician la implementación de este límite máximo para poder emitir este tipo de documentos POS. El adquiriente de un bien o servicio podrá solicitar la emisión de la factura de venta electrónica sin ningún tipo de tope, y el límite máximo de cinco (5) UVT aplica por cada documento sin incluir ningún valor de impuestos”.
Este es el calendario que estableció la Resolución dependiendo del tipo de contribuyente:
Grupo |
Fecha máxima para aplicación del límite de 5UVT |
Calidad de los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente |
1 |
1 de febrero de 2023 |
Grandes Contribuyentes. |
2 |
1 de abril de 2023 |
Declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios o declarante de ingresos y patrimonio, que no tengan la calidad de grandes contribuyentes. |
3 |
1 de mayo de 2023 |
No declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. |
4 |
1 de junio de 2023 |
Demás sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas. |
De acuerdo al Artículo 1. Monto máximo aplicable para la expedición del tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. A partir de la entrada en vigencia del calendario establecido en el artículo 2 de la presente resolución, la expedición del documento equivalente tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. no podrá superar el monto máximo de cinco (5) UVT, sin incluir el importe de ningún impuesto, por cada operación de venta y/o prestación de servicio.
La Dian explica que, lo anterior, sin perjuicio de que el adquirente del bien y/o del servicio exija la expedición de la factura electrónica de venta, al respectivo sujeto obligado a expedir factura de venta y/o documento equivalente.
Cada primero de enero a partir del año gravable 2024, los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente que opten por expedir el documento equivalente denominado tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S., deberán ajustar el valor de la UVT aplicable para cumplir con la limitación de los cinco (5) UVT en la expedición de cada tiquete.
Cabe recalar que, mediante la Resolución 000140 del 25 de noviembre de 2021, la Dian fijó en $38.004 el valor de la unidad de valor tributario (UVT), que entra a regir a partir del 1º de enero del 2022.
“Desde Saphety ya contamos con este tipo de servicios, actualmente tenemos una amplia cartera de clientes a nivel global y local, con planes de facturación y nómina electrónica desde $150.000 y con vigencia de 2 años.” concluyó, Medina.
Para mayor información ingrese a la Resolución de la Dian en el siguiente enlace:
Fuente de redaccion Saphety
Para mayor información saphety.co