Cumplir con la Ley 2300 de 2023 es obligatorio para todas las empresas que envían mensajes comerciales o realizan gestiones de cobranza.
● Las empresas deben limitar la frecuencia de contacto y evitar visitas de cobranza no autorizadas para proteger la privacidad del consumidor.
Bogotá, julio de 2024 - A casi un año de la implementación de la Ley 2300 de 2023, más conocida como la “Ley Dejen de Fregar”, es momento de que los empresarios repasen los puntos clave para su cumplimiento. Esta ley tiene como objetivo proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, estableciendo canales, horarios y periodicidad específicos para el contacto relacionado con las gestiones de cobranza y envío de mensajes comerciales.
Sobre esto, Alessandro Quinto, asociado de Godoy Córdoba comenta: “si su compañía es una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera, se dedica a gestiones de cobranza, o es un proveedor de bienes y servicios que envía mensajes comerciales, es crucial que conozca y cumpla con esta ley”. Además, el asociado, comparte cinco recomendaciones fundamentales:
1. Respete los canales y horarios de contacto:
● Canales: utilice únicamente los canales autorizados por el consumidor. De conformidad con los canales disponibles, pregunte a sus clientes cuáles son sus preferidos (correo electrónico, mensajes de texto, llamadas telefónicas) y respete su elección.
● Horarios Permitidos:
○ Lunes a viernes: de 7:00 a. m. a 7:00 p. m.
○ Sábados: de 8:00 a. m. a 3:00 p. m.
○ Domingos y festivos: prohibido contactar.
Importante: el contacto fuera de estos horarios requiere autorización explícita del consumidor en un documento separado y posterior al contrato principal.
2. Límite la frecuencia de contacto:
● No contacte al consumidor por varios canales en la misma semana.
● No contacte al consumidor más de una vez en el mismo día.
3. Evite las visitas de cobranza y proteja la privacidad:
● Está prohibida la gestión de cobranza mediante visitas al domicilio o lugar de trabajo del consumidor, salvo en casos específicos:
○ Cuando se trate de obligaciones adquiridas a través de microcréditos, créditos de fomento, desarrollo agropecuario o rural, siempre y cuando exista autorización explícita del consumidor.
○ En situaciones donde no haya información actualizada de los canales de contacto autorizados y sea imposible establecer comunicación por otros medios previamente autorizados.
● No contacte a las referencias personales del consumidor ni pregunte sobre el motivo del incumplimiento de la obligación.
4. Sea transparente en las promociones y recopilación de datos:
● Informe claramente sobre las promociones que impliquen recopilación de datos y obtenga siempre el consentimiento explícito del consumidor.
● Ofrezca un método sencillo para que los consumidores dejen de recibir mensajes en cualquier momento.
● No obligue a los consumidores a aceptar o recibir mensajes comerciales como requisito para acceder a bienes o servicios, a menos que esos mensajes estén directamente relacionados con los productos o servicios que están adquiriendo o han adquirido previamente.
5. Excepciones y reglas especiales:
● Las reglas no aplican para comunicaciones sobre:
○ Confirmaciones de operaciones monetarias.
○ Información sobre ahorros y cesantías.
○ Información solicitada por el consumidor.
● Todas las comunicaciones y gestiones de cobranza (incluyendo avalistas, codeudores o deudores solidarios) deben cumplir con las mismas normativas y restricciones, asegurando que todos los involucrados estén protegidos por igual en términos de privacidad y derechos establecidos por la ley.
“Recuerde que el incumplimiento de esta ley puede resultar en sanciones por parte de la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Industria y Comercio. Cumplir con la 'Ley Dejen de Fregar' no solo le evitará multas, sino que también mejorará la relación con sus clientes al respetar su privacidad y tiempo”, agrega Quinto.
Mantenga estos tips en mente y asegúrese de que su compañía esté alineada con esta importante ley.
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Acerca de Godoy Córdoba
Firma número uno en derecho laboral y seguridad social en Colombia, con más de 35 años de experiencia en el sector legal, ofreciendo soluciones estratégicas para la administración del talento humano. Cuenta con un equipo de trabajo interdisciplinario conformado por más de 90 abogados expertos y 60 profesionales. Reconocida por Chambers & Partners y The Legal 500 como la Firma #1 en Colombia en sus áreas de práctica. Tiene presencia a nivel nacional en las principales ciudades del país: Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla y a nivel internacional, en más de 26 países, a través de la sociedad con Littler, la firma especializada en derecho laboral más grande de EE. UU.
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