Dentro de las instituciones financieras se pueden encontrar aseguradoras, bancos,
cajas de compensación, cooperativas de ahorro, comisionistas de bolsa, emisores
de tarjetas de crédito, fiduciarias, fondos de empleados, fondos de inversión,
fondos de pensiones y cesantías, entre otras.
El 04 de junio vence el plazo para que las instituciones financieras cumplan con el
reporte CRS ante la DIAN.
La sanción por no cumplir con los reportes CRS y FATCA puede ser de hasta 353
millones de pesos por cada reporte. En el caso del reporte FATCA, también puede
aplicar una retención en la fuente por parte del IRS del 30% de los ingresos o
beneficios procedentes de EE. UU.
Colombia, mayo del 2024. El FATCA (Foreign Account Tax. Compliance Act) y el
Common Reporting Standard (CRS) son dos estándares internacionales de intercambio
internacional automático de información sobre cuentas financieras que le permite a
Colombia desde el 2015 a través de la DIAN enviar y recibir información de más de 120
países respecto de las cuentas cuyos titulares o beneficiarios finales, personas naturales
o entidades (personas o estructuras jurídicas) sean residentes fiscales en el exterior o en
Colombia. Dentro de estos países se encuentra Estados Unidos, Islas del Caribe,
Luxemburgo, Panamá, Suiza, paraísos fiscales considerados por Colombia, entre otros.
La información obtenida a través del intercambio internacional de información le permite a
la DIAN contar con una fuente de información adicional para combatir la evasión fiscal,
conocer los activos que los residentes fiscales colombianos tienen en el exterior y cruzar
con la información reportada por estos en las declaraciones de renta y de activos en el
exterior.
Para este efecto, las Instituciones Financieras Colombianas sujetas a reportar FATCA y
CRS deben expedir un Global Intermediary Identification Number (GIIN) ante el Servicio
de Rentas Internas de Estados Unidos (IRS) e incluir las responsabilidades 54 -
Intercambio Automático de Información CRS y 58 - Intercambio Automático de
Información FATCA en su Registro Único Tributario (RUT).
El concepto de institución financiera comprende instituciones de custodia, de depósito, de
inversión o compañías de seguro nacionales o sucursales, dentro de las que se pueden
encontrar, por ejemplo, aseguradoras, bancos, cajas de compensación, cooperativas de
ahorro, comisionistas de bolsa, emisores de tarjetas de crédito, fiduciarias, fondos de
empleados, fondos de inversión, fondos de pensiones y cesantías, entre otras.
De acuerdo con Juan Daniel Parra Palencia, socio director de ParPal Abogados y experto
en tributación internacional “Colombia tiene este año la evaluación del Foro Global sobre
Transparencia e Intercambio de Información de la OCDE en relación con el cumplimiento
legal y práctico del estándar CRS, razón por la cual la DIAN ha empezado desde
principios de este año con campañas de control para la identificación de las instituciones
que no presentan este reporte o no cumplen de forma correcta con el mismo”.
Para el reporte del período fiscal 2023 que se debe presentar en 2024, las instituciones
financieras deben presentar los Formatos FATCA 2218 y CRS 2430 y 2704 teniendo en
cuenta los siguientes plazos.
CRS, independientemente del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT)
tienen plazo hasta el primer día hábil de junio, es decir, el 04 de junio de 2024.
FATCA, de acuerdo con el último dígito del NIT de la Institución Financiera.
ÚLTIMO DÍGITO NIT
PLAZO DE PRESENTACIÓN DEL REPORTE
0 - 1 Penúltimo día hábil de julio - 30 de julio
2 - 3 Último día hábil de julio - 31 de julio
4 - 5 Primer día hábil de agosto - 01 de agosto
6 - 7 Segundo día hábil de agosto - 02 de agosto
8 - 9
Tercer día hábil de agosto - 03 de agosto
La institución financiera que no presente, presente de forma extemporánea o errónea el
Formato 2218, 2430 y/o 2704 estará sujeta a la sanción del artículo 651 del Estatuto
Tributario de hasta 353 millones de pesos y adicionalmente en el caso del Formato
FATCA 2218 la retención en la fuente por parte del IRS del 30% de los ingresos o
beneficios procedentes de Estados Unidos.
Para la identificación de las cuentas reportables y la generación de los Formatos FATCA
2218 y CRS 2430 del periodo fiscal 2023, las instituciones financieras deberán contar al
menos con la siguiente información del titular de la cuenta y de sus beneficiarios
finales.
Nombres y apellidos / Razón social.
Fecha y lugar de nacimiento.
Nacionalidad(es).
País(es) de Residencia(s) Fiscal(es).
Tipo de Entidad: Sociedad o entidad relacionada cuyas acciones se comercialicen
en uno o más mercado(s) de valore(s) regulado(s), Entidad Pública, Organización
Internacional, Banco Central o Institución Financiera.
Entidad No Financiera Activa o Entidad No Financiera Pasiva.
Dirección de notificación incluido el código postal.
Número de Identificación Tributaria (NIT) que la persona natural o entidad
reportable tenga en la jurisdicción de la cual es residente fiscal y a la cual se está
remitiendo la información. En caso de que la persona natural o entidad sea
residente fiscal en más de una jurisdicción, se debe solicitar el NIT expedido en
cada una de las jurisdicciones.
A su vez el experto mencionó que “esta es un obligación meramente formal, razón por la
cual las instituciones financieras obligadas a presentar esta información no deben realizar
ningún tipo de pago a la administración tributaria, sin embargo, su incumplimiento da lugar
a sanciones económicas”.
Fuente de redacción: manuelapolo@oncomunicaciones.com