Nueva Era de Factura Electrónica en Colombia

Feb 09, 2016 - by administrador

Bogotá, febrero 9 de 2016.- La Cámara Colombiana de Comercio Electrónico a través de su Comisión de  Documentación y Facturación Electrónica ha venido impulsando la iniciativa del Estado frente  a su masificación; dicha comisión está integrada por los siguientes 14 proveedores tecnológicos: Cadena S.A., Carvajal Tecnología Y Servicios S.A.S, Certicámara, Edicom S.A.S., F&M Technology S.A.S., Facture S.A.S., Profesionales En Transacciones Electrónicas S.A. – Ptesa, Saphety - Transacciones Electrónicas S.A.S., Sidel Ltda., Signature South Consulting Colombia S.A., Sociedad De Explotación De Redes Electrónicas Y Servicios De Colombia S.A.S. - Seres Colombia, Software Colombia Servicios Informáticos S.A.S., Transfiriendo S.A., Wfacture Colombia S.A.S., compañías comprometidas en la evangelización acerca de las oportunidades que brinda la Facturación Electrónica.

 

El pasado 24 de noviembre se expidió el decreto 2242/2015, cuya normatividad pretende alcanzar la masificación de esta herramienta que permitirá impulsar el desarrollo y la economía del país, haciendo empresas más eficientes y que actualmente se encuentra en etapa de reglamentación donde, en las próximas semanas se conocerán los detalles técnicos como, definición del estándar XML, requisitos para los pilotos y el listado de empresas obligadas con su fecha de implementación, entre otros.

 

Las principales características de la facturación electrónica establecidas en la nueva normatividad son:

§     Los documentos tributarios electrónicos (DTE) definidos por el momento serán Factura de Venta, Nota Crédito y Nota Debito, las cuales deben estar un formato estándar XML y su representación gráfica en formato tipo PDF. Por ejemplo, una factura electrónica que reciba un cliente de determinada empresa deberá tener dos archivos uno en XML y otro en PDF. El archivo XML usualmente lo leen los sistemas de información y el PDF es el similar a la factura física escaneada.

§         Existirá un mecanismo de validación del XML de cada DTE por la DIAN, es decir, las compañías deberán enviar a la DIAN el XML de cada DTE en línea pero no en tiempo real.

§   Cada DTE debe tener incluido un mecanismo de certificado/firma digital o electrónica del emisor o del proveedor tecnológico para asegurar la autenticidad, integralidad y no repudio, el cual debe ser adquirido a través de las entidades autorizadas.

§      Se establecen las características de los proveedores tecnológicos, quienes son empresas especializadas en el proceso de emisión desde la generación hasta la entrega, aceptación y rechazo de los DTEs de los clientes de las compañías, así como la recepción de DTEs de parte de sus proveedores. Estos proveedores tecnológicos serán certificados y autorizados por la DIAN.

§      La proyección de la DIAN es que cerca de 25.000 empresas estén obligadas a implementar la facturación electrónica durante 2016 y 2017, aunque está la opción que compañías de manera voluntaria lo puedan desarrollar con base en las prácticas y beneficios operativos, logísticos, tributarios y comerciales que han tenido las empresas en Colombia y en otros países de la región. Para cualquiera de estas dos opciones las empresas deberán solicitar a la DIAN la Resolución de Facturación Electrónica correspondiente y cuando inicie su aplicación no podrán convivir con otras modalidades.

§     Se tendrá como requisito la creación de esquemas de recepción, aceptación o rechazo de los diferentes tipos DTEs.

§      La factura electrónica es una factura de venta por lo tanto está alineada con el estatuto tributario y debe cumplir los requisitos correspondientes.

“La Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, con su enfoque de impulso y promoción en la  estandarización de la cadena de valor del comercio electrónico y los servicios asociados, seguirá divulgando el avance de esta normatividad para disponer de información clara y oportuna para las empresas en Colombia”, concluyó la doctora Virviescas.

 

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